La tendencia de utilizar la placenta tras el embarazo no es algo que no sepamos. Algunas mujeres deciden convertirlas en cápsulas para consumir después del parto. Otras mezclan el órgano con batidos o lo ingieren directamente.
Independiente de la practica, si por motivos culturales o de salud, no existía una normativa o regularización que estableciera el proceso de entrega del órgano a la madre post parto. Prácticamente era según la decisión del doctor.
Por esta razón, se realizó una modificación en el decreto supremo Nº6 de 2009 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS).
El artículo indica que “la placenta se entregará a requerimiento de la mujer, en la medida que sea destinada a prácticas culturales que la mujer considere relevantes. Dicha solicitud deberá realizarse con la anticipación tal que permita llevar a cabo la evaluación médica respectiva”.
En caso de infecciones y/o determinadas enfermedades, el decreto deja claro que “no se entregará la placenta”. Si lo hace, debe estar envasada.
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