Hace unos días se aprobó en Las Condes y en Recoleta la nueva ley contra el acoso callejero, con el objetivo de disminuir estos ataques, que sufrimos principalmente las mujeres. Para esto, se realizaron ordenanzas en las dos comunas para multar a quienes tengan este tipo de comportamientos en la vía pública.
Tanto en Las Condes como en Recoleta la ordenanza es la misma, la cual multará en distintos montos dependiendo de cada tipo de acoso delimitado por el concejo.
Pero ¿Cómo hacemos la denuncia?
Según la normativa de Las Condes, cualquier persona podrá denunciar a la Dirección de Seguridad Pública las infracciones. El trámite se puede hacer de forma presencial o por los siguientes medios: correo electrónico (seguridad@lascondes.cl) o al número telefónico 1402, debiendo esta Dirección remitirlas al Juzgado de Policía Local correspondiente al día siguiente hábil.
Para hacer efectiva la denuncia, ésta deberá contener:
-Identificación del denunciante
-Narración circunstanciada del hecho
-Identificación del infractor o una designación clara de su persona si el denunciante ignorare tal circunstancia
-Identificación de las personas que lo hubieren presenciado.
Los hechos denunciados podrán ser acreditados ante el Juez de Policía Local competente, mediante los medios de prueba establecidos en la ley o a través de cualquier mecanismo moderno, por medio del cual resulte posible hacer constar dichos hechos de manera confiable.
En tanto, desde la Municipalidad de Recoleta agregan que “la persona afectada deberá realizar una denuncia a Carabineros la que luego será derivada al juzgado de policía local, quien citará a los involucrado(a)s”.
Cabe recordar que de acuerdo a la Ordenanza, se prohibirán y sancionarán cuatro tipos de acoso:
-Actos no verbales como gestos obscenos, silbidos, jadeos, bocinazos y cualquier sonido gutural, así como también el que pronunciare palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de tipo sexual alusivas al cuerpo, al acto sexual, o que resulten humillantes, hostiles u ofensivas hacia otra persona, que serán sancionados con una multa de 1 a 2 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
-La captación de imágenes, vídeos o cualquier registro audiovisual del cuerpode otra persona o de alguna parte de él, sin su consentimiento y mediando connotación sexual, que serán sancionados con una multa de 2 a 4 UTM.
-Actos como abordajes intimidantes, exhibicionismo o masturbación en público, persecución a pie o cualquier medio de transporte, serán sancionados con una multa de 3 a 5 UTM.
-Actos que involucren el contacto corporal de carácter sexual, como tocaciones indebidas, roces corporales o presión de genitales contra el cuerpo hacia otra persona, serán sancionados con una multa de 4 a 5 UTM.
Se considerará como una infracción grave a la Ordenanza si de manera individual o grupal se cometa cualquiera de estas infracciones contra menores de edad, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, personas con movilidad reducida o personas con intoxicación temporal. Las infracciones a la Ordenanza serán sancionadas con multas fijadas por el Juez de Policía Local.
Quienes cometan esta falta deberán pagar una multas que van entre los $47.396 hasta los $236.980.
Concejo Municipal de Recoleta aprueba sancionar el acoso callejero – Biut.cl
Por unanimidad el concejo aprueba ordenanza que sanciona el acoso callejero en la comuna de Recoleta.
Alcalde de Las Condes anuncia que en su comuna también se sancionará el acoso callejero – Biut.cl
El alcalde Joaquín Lavín, anunció a través de su cuenta en Twitter que Las Condes se sumará a la ordenanza implementada recientemente en la comuna de Recoleta, que multa el acoso callejero.
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