Primero fue Eduardo Fuentes el que develó que, hace algún tiempo, su pequeña hija Alma había sido víctima de amenazas en redes sociales.
“Así que eres ‘progre’. Recuerda que tienes una hija y esto es sin llorar CTM”, decía el mensaje que el animador recordó en el programa “Mentiras Verdaderas y que calificó de “bajeza”, luego de acudir a la PDI.
Debo considerar esto como una amenaza? @PDI_CHILE https://t.co/EKWUw0mUGE
— Eduardo Fuentes Silva (@fuentesilva) 13 de septiembre de 2018
Tras esto, Julio César Rodríguez se sumó a la confesión y, esta mañana en el matinal de CHV, contó cómo el también sufrió con horribles mensajes en los que también involucraban a su pequeña retoña.
“Una vez me escribió alguien contra mi hija en la radio y yo le escribí de vuelta. Yo nunca contesto y le puse: ‘Con mi hija no, con mis hijos no compadre y si tienes algún problema lo arreglamos al tiro’. ‘Lo arreglamos al tiro’ , me dijo”, comentó, concluyendo que finalmente la situación no pasó a mayores.
¿Qué hacer en estos casos?
Sin embargo, el actuar de ambos conductores deja de inmediato la duda. ¿Se debe responder de esta forma antes una amenaza que involucra a niños?.
Según Silvia Barrera, jefa del Grupo de Redes de la Unidad de Investigación Tecnológica, lo primero que hay que hacer es dirigirse a la propia red social donde se recibió la amenaza.
“En algunos casos te comunicarán que han procedido a eliminar cierta cuenta, pero la mayoría de las veces te dirán que no vulnera su política de contenidos. Entonces es cuando hay que acudir a comisaría”, explicó en la web del diario El País.
En tanto, el abogado David Maeztu indicó al mismo sitio que es importante “ir con la captura y con la dirección de la página. Si, tras poner la denuncia, la policía se encuentra con la amenaza borrada, va a ser mucho más difícil probar que existió y que el pantallazo no es un montaje”.
Además, Maeztu aclaró que esto ayuda a la credibilidad de la amenaza. “La policía valora si estas amenazas puede ser o no delito. Para eso, han de ser ‘creíbles y graves, ya que sólo las amenazas graves constituyen delito (las leves serían una falta) y requieren que esta sea firme, directa, dirigida a persona o personas concretas y que se concrete en el anuncio de un mal futuro, injusto, determinado y posible”, relató.
Finalmente, los profesionales aseguraron que si bien la mayoría de denuncias no llegan a juicio, y que “las que llegan, suelen terminar con absolución”, un delito de amenazas -y da igual si se hacen en redes, por teléfono o en persona- “puede tener penas de cárcel”.
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