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Corte de apelaciones acoge recurso para que familia homoparental inscriba a mellizos con apellido de sus madres

Con dos votos a favor, la corte ordenó al Registro Civil a inscribir a los mellizos con los apellidos de sus dos madres.

Por Ignacia Romero

Un hito histórico se vivió ayer jueves en la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la jueza Maritza Villadangos Francovich, tras acoger un recurso de protección pedido por el Movilh a favor de una familia homoparental.

Según cuenta Movilh.cl, el Registro Civil negó a una pareja de mujeres el poder inscribir a su pequeños mellizos con los apellidos de ambas, alegando que solo era posible inscribir a los hijos con los apellidos de un hombre y una mujer.

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Imagen: Freepik.es

Por dos votos contra uno, de la magistrada Villadongos Francovich y la abogada integrante María Cecilia Ramírez Guzmán, la corte ordenó al Registro Civil a inscribir a los mellizos con los apellidos de sus dos madres, mientras que en contra estuvo el juez Guillermo de la Barra Dünner.

Desde el Movilh, organismo defensor de los derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales y trans e intersex (LGBTI), la vocera Daniela Andrade, comentó que “hoy se ha marcado un importante precedente a favor de la igualdad de derechos de las familias homoparentales, pues se ha revertido una medida homofóbica y antojadiza del Registro Civil. En paralelo, y con esta sentencia, se ha avanzando en mejores condiciones de vida para los hijos e hijas de parejas del mismo sexo”.

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Imagen: Freepik.es

Los mellizos nacieron el 20 de septiembre del 2017, luego de que la pareja se sometiera un proceso de inseminación artificial con un donante anónimo. Luego, el 21 de noviembre del 2018, la pareja se unión legalmente a través del Acuerdo de Unión Civil, y se dirigieron al Registro Civil para hacer la inscripción de sus hijos. Sin embargo, el organismo rechazó su petición y denegó que se tratara de un hecho discriminatorio.

Parte de la sentencia indica que “ante la falta de una definición de familia, la doctrina de la Corte Interamericana ha dicho que ésta no debe ser entendida de manera restrictiva y que tal indefinición es consistente con el hecho que no se protege un único modelo de familia, dando cabida a la evolución política y social que se ha experimentado en el marco de las relaciones afectivas, del que las parejas del mismo sexo gozan de reconocimiento a la usanza de las heterosexuales, no solo en cuanto a los efectos patrimoniales que de dichas vinculaciones emanan, sino también en lo que a derechos civiles y políticos, económicos y sociales concierne. En otras palabras, según el criterio del tribunal americano los vínculos de parejas homosexuales deben recibir la misma protección que aquellos constituidos por parejas que no lo son“.

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Imagen: Instagram @movilhmujer

Según el Movilh, la jueza Villadangos no solo considero que los hijos puedan llevar el apellido de dos mujeres, sino que también ambas deben ser reconocidas como madres. “En tal sentido, luego de este primer triunfo, recurriremos ahora nuevamente tribunales para que también se reconozca la doble maternidad”, aseguró la organización.

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