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Ley de Mortinato: Padres chilenos podrán nombrar a bebés que mueran antes de nacer para sepultarlos

'El hecho de que a los padres se les negaba su derecho a poder recordar a su hijo por un nombre habla mal de la sociedad chilena', dijo el Presidente Piñera al momento de firmar la nueva ley que permitirá que los padres documenten nombre, apellido y sexo de sus bebés fallecidos.

Por Biut y Agencias

Con una emotiva ceremonia en el palacio de gobierno de La Moneda, el presidente Sebastián Piñera promulgó el martes una ley que desencadenó lágrimas entre algunos padres y madres de Chile que perdieron a sus hijos antes de nacer.

Bajo el lema “Tu nombre es mi recuerdo”, la Ley de Mortinato permitirá la creación de un registro nacional de bebés que hayan nacido muertos, lo que a su vez posibilitará que sus papás les sepulten tras haberles dado un nombre.Estamos dando un paso adelante hacia una sociedad más humana“, dijo el mandatario al firmar el documento que promulgó la ley.

Ley de mortinato

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El nuevo Registro Nacional de Mortinatos permitirá que los padres documenten nombre, apellido y sexo de sus bebés fallecidos. Piñera dijo que el dolor que experimentan las madres cuyos bebés mueren durante la gestación “es algo que solamente los que lo han experimentado o los que están muy cerca logran comprender”. Añadió que “el hecho de que a los padres se les negaba su derecho a poder recordar a su hijo por un nombre habla mal de la sociedad chilena”.

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, explicó que la norma es retroactiva, es decir, que podrán usarla los papás y mamás que perdieron a sus hijos antes de la promulgación del martes. Para iniciar el trámite, bastará con presentar un certificado de defunción.

Ley de mortinato

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Una norma de este tipo no es común en la región. Países cercanos como Argentina, Bolivia, Uruguay, Ecuador y Perú sólo permiten registrar a personas con vida.

La ley chilena define como mortinato a “todo producto de la concepción, identificable o diferenciable de las membranas ovulares o del tejido placentario o materno en general, que cese en sus funciones vitales antes del alumbramiento o bien antes de encontrarse completamente separado de la persona gestante, muriendo y que no ha sobrevivido a la separación un instante siquiera”.

En Chile y en otros países se considera muerte fetal cuando el fallecimiento se produce desde la semana 20 o desde que pesa 500 gramos. Antes es calificado como aborto. Hasta antes del martes, los mortinatos chilenos no podían ser inscritos en el Registro Civil, por lo tanto eran sepultados como no identificados (NN). No pocos padres pedían la posibilidad de darle un nombre a su hijo muerto antes de nacer y desde 2011 existía un proyecto para apoyarles en el Congreso. Luego se sumó otro similar enviado por el gobierno hace un año al legislativo.

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